El Tribunal Superior de Justicia tumba la paralización cautelar del plan de control de lobo en Asturias

14 de octubre de 2026

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3,5 minutos

El tribunal deniega la medida cautelar solicitada por Ecoloxistes n’Aición d’Asturias sobre el lobo y defiende que debe prevalecer el interés general que incluye conservación y realidad social y económica del medio rural.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha denegado la medida cautelar solicitada por Ecoloxistes n’Aición d’Asturies y la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica que pretendía suspender el plan de control del lobo en Asturias para la temporada 2026-2027.

En un auto, el tribunal permite que el programa de actuaciones de control continúe vigente mientras se resuelve el procedimiento judicial principal, al considerar que debe prevalecer el interés general defendido por la Administración asturiana, Fundación Artemisan y varias agrupaciones como la Unión Rural Asturiana (URA) y la Asociación de Agricultores y Ganaderos (GANAGRI), entre otras entidades.

En este sentido, el tribunal destaca expresamente la necesidad de tener en cuenta los intereses de los ganaderos, así como la prevención de los importantes perjuicios que los ataques de lobo ocasionan al ganado, y reconoce que la conservación de lobo no puede abordarse al margen de las consecuencias que su presencia tiene sobre las explotaciones ganaderas y las comunidades rurales.

Estado de conservación favorable

Así, el auto recoge los informes presentados por Fundación Artemisan y la Administración asturiana, entre otras entidades personadas, que sostienen que la población de lobos presenta un estado de conservación favorable en Asturias, señalando el incremento de camadas detectadas desde la década de los noventa a la actualidad, el incremento de grupos con reproducción confirmada y la evolución positiva de la población aún con extracciones realizadas durante este periodo.

De esta manera, la Sala considera que estos informes justifican, a efectos de la decisión cautelar, el programa aprobado por la Administración, aunque la legalidad definitiva de las medadas deberá analizarse en el procedimiento judicial principal.

Para el TSJA, las asociaciones ecologistas, que alegaban que la ejecución del programa podía provocar daños irreparables a la población de lobos, no han aportado datos suficientes para justificar la suspensión cautelar del programa y recuerda que la suspensión de disposiciones generales constituye una medida excepcional y que existe un interés público en la aplicación de las normas administrativas vigentes.

Mantener las medidas de control para reducir los daños provocados por el lobo

Fundación Artemisan celebra esta decisión y que se hayan recogido expresamente las alegaciones presentadas por la entidad, que defendían el estado de conservación favorable de la especie, la compatibilidad del programa de control con el mantenimiento de la población, la magnitud y sostenibilidad de los daños ocasionados a la ganadería y la necesidad de ponderar los intereses afectados y de mantener las medidas de control para reducir los daños a la ganadería y otras especies.

En esta línea, la Fundación señala que seguirá defendiendo en los tribunales los intereses del sector y personándose en todos aquellos procedimientos que pretendan restringir la actividad cinegética basándose en cuestiones ideológicas y sin tener en cuenta criterios técnicos y científicos que deberían basar todas las decisiones que se tomen en materia de conservación.

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