Artemisan presenta alegaciones ante el Tribunal Constitucional en relación con la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, contra la Ley de Caza de esta Comunidad

3 de julio de 2020

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3,6 minutos

La Fundación Artemisan ha presentado alegaciones al Tribunal Constitucional en relación con la cuestión de inconstitucionalidad elevada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León respecto a la Ley 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

En sus alegaciones, la Fundación solicita, por un lado, que se inadmita el recurso y, subsidiariamente, que se declare mediante Sentencia la constitucionalidad de la citada norma.

La Fundación argumenta su pretensión de inadmisión en el hecho de que, a su juicio, se han cometido diversas irregularidades procesales desde el inicio del procedimiento, entre otras el no haber admitido el desistimiento a un recurso de reposición presentado por la letrada de la Junta de Castilla y León y que, de haberse estimado, no hubiera hecho posible la presentación por la Sala de la cuestión de inconstitucionalidad. O el hecho de haber acordado la adopción de la medida cautelar solicitada por PACMA, sin fianza, y que llevaba aparejada la prohibición de la caza en la comunidad castellano leonesa. La inadmisión del recurso de reposición contó con el voto particular de uno de los magistrados de la Sala que de forma muy fundamentada exponía los motivos por los cuales consideraba que el desistimiento debería haber sido admitido.

El principal argumento del TSJ es que la Ley 9/2019 de caza es una ley singular y autoaplicativa que impide el control jurisdiccional de su articulado, algo que es rebatido por la Fundación en base a que la propia norma prevé su desarrollo reglamentario mediante la aprobación de un Plan General de Caza.

En opinión de la Fundación, la Sala quiere introducir la imagen de una modificación de la ley por parte de la Junta de Castilla y León caprichosa, irracional, ilegítima y tendente a hacer desaparecer las especies o desequilibrar el medio natural castellanoleonés de forma irresponsable, cuando, por el contrario, considera que se ha elaborado una modificación cabal, rigurosa y legítima en la que la gestión de las poblaciones se impone como una medida fundamental para la conservación, al tiempo que se reconoce que la actividad económica derivada de la caza es principal fuente de riqueza y contribuye al sostenimiento de zonas menos industrializadas y despobladas.

En su escrito de alegaciones la Fundación también hace una referencia expresa a la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 18 de mayo de 2020, en la que se estima el recurso de casación interpuesto por la Junta de Castilla y León , anulando la sentencia dictada por la misma Sala del TSJ que ha promovido la cuestión de inconstitucionalidad.

En su sentencia el Tribunal Supremo considera no ajustados a derecho los argumentos utilizados por la Sala del TSJ de Castilla y León, al decir carece de soporte normativo la exigencia de una especie de autorización previa, concretada a cada ámbito temporal y territorial y particularizada para cada especie de caza.

Una vez más la Fundación Artemisan presta su apoyo jurídico y técnico a las distintas Administraciones en defensa de los continuos ataques de los que son objeto la mayoría de las normas relacionadas con la actividad cinegética.

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Un comentario

  1. […] no tuvo sustento jurídico real, sino que se hizo con la finalidad última de poder plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra la recién aprobada Ley 9/2019, de 28 de marzo, de […]

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