Resumen autorizaciones para control de poblaciones en las comunidades autónomas
Ante la gran disparidad de criterios y normativas surgidas tras la recomendación del Gobierno a las Comunidades Autónomas de realizar control de poblaciones de algunas especies por estar causando daños en las explotaciones agrarias del país durante el estado de alarma, Fundación Artemisan ha elaborado este cuadro resumen de la situación en los diferentes territorios.
El cuadro se irá actualizando con la publicación de nuevas medidas.
Por el momento, las comunidades que han autorizado ya el control de poblaciones con diferentes indicaciones respecto a especies, fechas, personas y autorizaciones encesarias son: Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Aragón, Islas Baleares, Comunidad Valenciana, Galicia, Murcia, Navarra y La Rioja.
Además, la Comunidad de Madrid, Cataluña y Castilla y León se encuentran en trámite de autorizar el control. Por su parte, Ceuta, Melilla, Asturias, Canarias, Cantabria y País Vasco aún no se han pronunciado sobre si se autorizará o no el control.
Cabe recordar que este lunes se publicó un manifiesto científico, al que se han adherido ya más de 50 entidades del mundo rural y de la caza, que defiende la necesidad de que se permita la realización de acciones de control de fauna cinegética durante el estado de alarma para evitar que se produzcan daños en el campo español.
No leo en ningún texto el hecho de poder realizar el citado control poblacional por daños, si tenemos el coto en otra comunidad autónoma distinta a la de residencia habitual ya que el estado de alarma limita la libre circulación.
Por ejemplo resido en Madrid y tengo que trasladarme a Toledo, podría realizar ese trayecto y llevar a cabo el control de daños, que por supuesto tengo autorizado, y cumplo con todos los demás tramites. ?
En principio todos los decretos impiden cualquier traslado a una provincia diferente de la de residencia